Minsal prohíbe a la isapres ofrecer planes con baja cobertura obstétrica

“El objetivo de esto es terminar con la discriminación contra la mujer en edad fértil. De acuerdo con la asesoría legal que hemos tenido, hemos decidido que a través de esta circular se puede prohibir la suscripción de planes con cobertura reducida relacionada con el parto”, explicó el titular de la cartera, Jaime Mañalich, citado por La Tercera.

El circular redactada por la secretaría de Estado, que ya fue firmada por la intendente de Fondos y Seguros de la Superintendencia de Salud y será despachada el 16 de septiembre, estipula que “a contar del primero de diciembre del 2019 las isapres no podrán comercializar o subscribir planes complementarios de salud que contemplen, para las prestaciones relacionadas con el parto, una cobertura inferior a la convenida por el resto de las prestaciones del plan”.

En este nuevo escenario, la actual cobertura obstétrica mínima de 25 % deberá aumenta al porcentaje del resto de las prestaciones.  “No puede ser que un plan diga que cubre el 75% en otras prestaciones, pero en obstetricia solo cubre el 25%”, dijo Mañalich.

Además, el secretario de Estado explicó que queda explícitamente prohibido preguntar sobre las proyecciones de maternidad a las mujeres que requieren firmar un contrato previsional.

La circular no tiene efecto retroactivo y no aplicará para los contratos firmados antes del 1 de diciembre.